viernes, 18 de abril de 2008

semana 11

actividad de clase:
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
La junta centarl de contadores se dedica a llevar el registro y control de los contadores públicos y personas jurídicas prestadoras de servicios contables, a favor de quienes expide, en su orden, la tarjeta profesional y la tarjeta de registro, documentos habilitantes para ejercer la profesión en nuestro país, tambien a ejercer control y vigilancia sobre el desempeño de la profesión contable, pues tiene la tarea de velar porque la contaduría pública solo sea ejercida por contadores públicos debidamente inscritos y que quienes ejerzan la profesión de contador público, lo hagan de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de ley a quienes violen tales disposiciones.

funciones:
* Ejercer la inspección y vigilancia, para garantizar que la contaduría pública solo sea ejercida por contadores públicos debidamente inscritos y que quienes ejerzan la profesión de contador público, lo hagan de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de la ley a quienes violen tales disposiciones.
* Efectuar la inscripción de los contadores públicos, suspenderla o cancelarla cuando haya lugar a ello, y llevar a cabo su registro.
* Expedir la tarjeta profesional de contador público y su reglamentación, además de las certificaciones que correspondan al ámbito de sus competencias institucionales.
* Denunciar ante las autoridades competentes a quien se identifique y firme como contador público sin estar inscrito como tal.
* Hacer que se cumplan las disposiciones sobre ética profesional.
* Establecer juntas seccionales y delegar en ellas las funciones indispensables para facilitar la adecuada prestación de sus servicios.

CONSEJO TECNICO DE CONTADORES
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública se dedica a la orientación técnico - científica de la profesión, a partir de la investigación científica y tecnológica en áreas relacionadas con la ciencia contable en general, sus principios y normas, mediante el ejercicio doctrinario, la resolución de conflictos técnicos entre Contadores Públicos y la emisión de directrices orientadoras del ejercicio profesional para propiciar en los responsables y usuarios de la información, la provisión de métodos y procedimientos financieros, de información contable y control que posibiliten enfrentar los retos del cambio acelerado establecido por la sociedad del conocimiento, contemporizándolos con los más avanzados productos de la ciencia y la tecnología.

funciones:
* Promover la más alta calidad en la prestación de servicios profesionales de los Contadores Públicos en las actividades de la ciencia contable, fundamentados en el conocimiento técnico- científico, motivados por el interés público y valores éticos para beneficio de los usuarios y la sociedad en general.
* Servir como órgano consultor del Estado y de los particulares en aspectos técnico- científicos de la contaduría pública y del desarrollo del ejercicio profesional.
* Desarrollar y promover la investigación técnico- científica en las áreas propias de la ciencia contable.
* Pronunciarse desde la perspectiva técnico- científica sobre la legislación relativa al ejercicio profesional.
* Promover una educación contable que contribuya a la formación integral de los contadores públicos, ubicándolos en posición de gestores de cambio en el nuevo contexto de la economía.
* Promover y desarrollar el intercambio con organizaciones nacionales e internacionales para la integración y actualización de conocimientos
* Participar en la expedición de una legislación que permita el ejercicio profesional libre, acorde con los objetivos sociales de la contaduría pública.
* Establecer comunicación permanente y oportuna con los integrantes de la profesión, sobre sus doctrinas y orientaciones, así como sobre los mas avanzados desarrollos regulativos y científicos de la profesión en el ámbito nacional o internacional.